Normativa chilena
Ley 20.606: qué obliga y qué deja al reglamento
«Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad». Promulgada el 22 de junio de 2012 y publicada el 6 de julio de 2012. Es la norma que creó los sellos «ALTO EN» en Chile, aunque no sea donde están sus números.
Si viniste por los umbrales, no están en la ley
La Ley 20.606 no contiene una sola cifra de nutrientes. Ordena que los alimentos con contenidos elevados se rotulen «alto en», y encarga al Ministerio de Salud determinar esas cantidades mediante el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
Los números concretos —por ejemplo, 10 g por 100 g en sólidos y 5 g por 100 ml en líquidos para el sello de azúcares— viven en la Tabla N°1 del artículo 120 bis de ese reglamento. Si estás formulando un producto, ahí es donde tienes que mirar.
Lo que sí establece
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Artículo 2º
Informar la composición
Fabricantes e importadores deben informar en los envases o etiquetas los ingredientes, los aditivos y la composición nutricional del producto, incluida la energía, los azúcares, el sodio y las grasas saturadas.
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Artículo 5º
Rotular «alto en»
Los alimentos con contenidos elevados de calorías, grasas, azúcares o sal deben rotularse como «alto en» el nutriente que corresponda. La ley ordena el rótulo; el reglamento define desde qué cantidad.
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Artículo 6º
Fuera de los colegios
Esos alimentos no se pueden expender, comercializar, promocionar ni publicitar dentro de establecimientos de educación parvularia, básica y media, ni en sus puntos de acceso. Tampoco se pueden entregar gratis a menores de 14 años, ni usar ganchos comerciales como regalos, concursos o juegos para inducir su consumo.
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Artículo 7º
Sin publicidad a menores de 14
La publicidad de los productos del artículo 5º no puede dirigirse a niños menores de catorce años, en ningún soporte.
Ley y reglamento se reparten el trabajo
| La ley 20.606 define | El reglamento cuantifica |
|---|---|
| Que exista la obligación de rotular «alto en». | Desde qué cantidad de cada nutriente se rotula. |
| Que haya que informar la composición nutricional. | Qué nutrientes lleva la tabla y en qué unidades. |
| Que estos productos no se vendan ni promocionen en colegios. | Qué productos entran en esa categoría, por su composición. |
| Que no se publiciten a menores de 14 años. | Las restricciones horarias y de soporte que lo hacen efectivo. |
Preguntas frecuentes
¿La Ley 20.606 dice desde cuántos gramos va un sello?
No. La ley ordena que los alimentos con contenidos elevados se rotulen «alto en», pero encarga al Ministerio de Salud determinar esas cantidades mediante el Reglamento Sanitario de los Alimentos. Los umbrales concretos están en la Tabla N°1 del artículo 120 bis de ese reglamento.
¿Cuándo se publicó la Ley 20.606?
Se promulgó el 22 de junio de 2012 y se publicó el 6 de julio de 2012. Su aplicación práctica llegó después, cuando el Ministerio de Salud modificó el Reglamento Sanitario de los Alimentos para fijar los umbrales y las características del rótulo.
¿Qué relación hay entre la Ley 20.606 y el Decreto 977/96?
La ley fija la obligación y el decreto la hace operativa. El Decreto 977/96 es el Reglamento Sanitario de los Alimentos, y es donde viven los umbrales de los sellos, los tamaños del símbolo y el contenido exigido de la tabla nutricional. Al formular un producto se trabaja contra el reglamento, no contra la ley.
Del texto legal a tu etiqueta
Sophieat aplica el reglamento sobre la fórmula que declaras y arma la etiqueta con los sellos, la tabla y el orden de ingredientes que correspondan.